lunes, 20 de febrero de 2012

El Derecho a la Consulta

La consulta es un derecho exclusivo de nuestros pueblos indígenas, que obliga a los Estados a consultarnos respecto de proyectos o medidas que puedan afectarnos, buscando de esta manera proteger nuestra integridad cultural, social y económica y garantizar nuestro derecho a la participación.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

¿De qué normas internacionales se derivan el derecho a la consulta y al consetimiento?

El convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), es el tratado internacional que consagra el derecho a la consulta y al consetimiento; es de obligatorio cumplimiento para los Estados que lo han ratificado. Perú lo ratificó en 1994, Bolivia en 1991, Ecuador en 1998 y Colombia en 1991.

Este tratado se aplica considerando además lo establecido en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General de la ONU en el año 2007, y en los demás tratados de derechos humanos. Esto quiere decir que si existen otras normas que protegen nuestros derechos en mayor medida que el mismo convenio 169, se deben aplicar estas otras normas.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

¿Cuál es la finalidad de la consulta?

El Convenio 169 señala que las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deben realizarse con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr nuestro consentimiento acerca de las medidas consultadas, es decir que se garantice el respeto de las decisiones adoptadas o acordadas.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.


¿Quiénes son sujetos de consulta?

Los sujetos de consulta somos los pueblos indígenas, es decir, aquellos que descendemos de poblaciones que habitábamos en el país o en una región geográfica antes de la época de la conquista o la colonización, que conservamos totalmente o en parte nuestras propias insituciones sociales, económicas, culturales y políticas, y que somos conscientes de nuestra identidad indígena.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

¿Quiénes deben llevar a cabo el proceso de consulta?

Son las entidades del Estado a cargo de llevar el proceso de consulta del proyecto o medida; la consulta no puede ser delegada a actores no estatales como empresas privadas. las empresas solamente deberán participar a través de la entrega de toda la información necesaria para poder evaluar los proyectos y que los pueblos indígenas podamos toma decisiones informadas.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

El proceso de consulta debe ser libre

El proceso para llegar a un acuerdo o tomar una determinada posición debe estar de libre presión o manipulación externa. Nadie puede forzar, amenzar, presionar a nuestras comunidades o pueblos para que tomen una decisión, tampoco apurarlas ni buscar mediante regalos, promesas u otros privilegios, para influenciar a favor de una determinada postura. De lo que se trata es de no ser influenciados de forma negativa por gente de afuera.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

El proceso de consulta debe ser con anterioridad...

... Con anteriodad a cualquier autorización o comienzo de las actividades de que se traten, de tal manera que tengamos la oportunidad de conocer el detalle de estas actividades y de formarnos una opinión al respecto.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

Acuerdo o consentimiento

Es cuando, previo diálogo, se ha llegado a un acuerdo sobre la medida o proyecto, el cual puede ser modificado o complementado tomando en cuenta nuestros aportes, necesidades y otros expresados durante el proceso de consulta. También puede, la medida, permanecer en su planteamiento original. El consentimiento significa que todos los miembros de la comunidad fuimos debidamente consultados y que no existen disconformidades mayores.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

No hay acuerdo ni consentimiento

Si no hay acuerdo, y dependiendo de los impactos de la medida o proyecto, el Estado deberá evaluar su decisión de adoptar la medida, adecuarla o desistirse. Sin embargo, existen casos en donde es obligatorio obtener el consetimiento del grupo consultado; en caso de no hacerlo, la entidad estatal deberá desistir de seguir con la medida o proyecto.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

¿Cuándo es obligatorio e imprescindible obtener el consentimiento?

Cuando se trata de planes o proyectos a gran escala que tengan como efectos principales: pérdida de territorios, desalojos, la migración y el posible reasentamiento, agotamiento de recursos necesarios para la subsistencia física y cultural, la destrucción y contaminación del ambiente tradicional, la desorganización social y comunitaria, los negativos impactos sanitarios y nutricionales de larga duración, o cuando se prevea el depósito o almacenamiento de sustancias peligrosas o tóxicas en tierras o territorios indígenas.

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.

Si no se respeta nuestro derecho a la consulta

Podemos recurrir a la vía judicial mediante una demanda de amparo presentada ante el juez de la zona por la vulneración de nuestros derechos amparados en la Constitución. Dicha demanda, de ser rechazada, podría llegar hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos e incluso hasta la Corte Interamericana.

También podemos recurrir a campañas dirigidas a detener cualquier proyecto inconsulto o cuyo acuerdo no se haya respetado. Podemos buscar y obtener apoyo de medios de comunicación locales, nacionales e internacionales...

Fuente: "Derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado" - Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas CAOI.